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ALERTA LEGAL CAMBIO DE USO DE SUELO FORESTAL– VIGENCIA DE COSTOS DE REFERENCIA PARA COMPENSACIÓN AMBIENTAL

  • Foto del escritor: Dr. Alberto Augusto De La Rosa Baraibar
    Dr. Alberto Augusto De La Rosa Baraibar
  • 14 jul
  • 1 min de lectura

Antecedente Los proyectos de inversión y desarrollo que requieran remoción de vegetación forestal - definida como “cambio de uso de suelo en terrenos forestales”- están sujetos al pago de compensación ambiental, conforme a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) y su Reglamento.


Dicha compensación es determinada por SEMARNAT dentro del procedimiento de evaluación ambiental, a través de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) y el Estudio Técnico Justificativo (ETJ), integrables en un Documento Técnico Unificado (DTU), con base en los...Lee el artículo completo en:




 
 
 

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